Con esta iniciativa se reforma la denominación de la Ley del Primer Empleo del Estado por la de LEY DE FOMENTO AL PRIMER EMPLEO Y LA PRIMERA EMPRESA DEL ESTADO.

Con esta iniciativa se reforma la denominación de la Ley del Primer Empleo del Estado por la de LEY DE FOMENTO AL PRIMER EMPLEO Y LA PRIMERA EMPRESA DEL ESTADO, y en consecuencia, se adiciona un CAPÍTULO, relativo a “LA PRIMERA EMPRESA”, la cual es definida como la “Entidad económica de producción o servicios de nueva creación conformada por jóvenes poblanos de entre 18 y 29 años de edad”.

Además, con esta reforma se conforma un Programa de Fomento a la Primera Empresa y se establece que, tanto el Instituto Poblano de la Juventud como la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Estado, se encargarán de promover el emprendimiento de los jóvenes poblanos y la materialización de sus ideas y proyectos innovadores, generando en la medida de lo posible: mecanismos para promover primeras empresas sostenibles; la educación en la cultura emprendedora de los jóvenes, por medio de la implementación de acciones que impulsen la constitución de nuevas primeras empresas y su consolidación; políticas de corto, mediano y largo plazo, para elevar la productividad y competitividad de las primeras empresas; esquemas que faciliten a las primeras empresas el abastecimiento de bienes y servicios al sector público estatal y municipal, siempre y cuando cumplan con el marco legal aplicable y ofrezcan iguales o mejores condiciones de precio, calidad y servicio, respecto de las ofertas de otras empresas; y apoyos técnicos, para la creación y consolidación de las primeras empresas.

Aunado a lo que ha sido mencionado, el Instituto Poblano de la Juventud y la citada Secretaría, para la constitución de las primeras empresas, desarrollarán y brindarán programas de capacitación y asesoría gratuita en materia: administrativa, legal, contable, financiera, laboral y de seguridad social.

Otro beneficio que abarca esta reforma, es que a las primeras empresas se les otorgará un estímulo al subsidio del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal, prestado bajo la dirección y dependencia de un patron, durante su primer año de ejercicio fiscal hasta por un número de 5 trabajadores.

Aprueban leyes de ingresos y quedan pendientes ocho municipios

En la sesión del Congreso también se aprobaron la Ley de Ingresos para 139 municipios del ejercicio fiscal 2019.

Quedan pendientes para un mayor análisis los municipios de Puebla, Atlixco, San Andrés Cholula, San Martín Texmelucan, Tehuacán, Zacatlán, Chiautzingo y Tecamachalco

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