En sesión ordinaria el pleno ordenó al Ayuntamiento de Tehuacán proporcionar la información referente al contrato del servicio de recolección de basura

En la 15ª sesión ordinaria del Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado (ITAIPUE), encabezada por la Comisionada Presidenta, Gabriela Sierra Palacios, y los Comisionados Propietarios, Marcela Carcaño Ruiz, así como Carlos Loeschmann Moreno, se aprobaron los resultados generales de la verificación 2018, en el que se evaluaron las obligaciones de transparencia de 337 sujetos obligados de la entidad.

En este sentido, Gabriela Sierra Palacios precisó que los sujetos obligados serán notificados a partir del día de hoy a través del sistema Intranet del ITAIPUE para que, de conformidad con lo que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, verifiquen el dictamen y dentro del plazo no mayor a veinte días hábiles solventen las observaciones realizadas.

Cabe destacar que con relación al Acuerdo S.O. 09/18.14.05.18./15, se estableció que el período de verificación de la publicación de las obligaciones de transparencia, tanto en el sitio web como en la Plataforma Nacional de Tansparencia, se realizaría del 15 de mayo al 31 de julio de 2018.

El Pleno instruyó que los resultados generales, dictámenes y gráficas derivadas de esta evaluación fueran publicadas en el sitio web del ITAIPUE para el conocimiento de la ciudadanía.

En la misma sesión de Pleno se resolvieron 3 recursos de revisión, de los que con referencia al expediente 147/PRESIDENCIA MPAL-TEHUACÁN-01/2018 los comisionados determinaron revocar la respuesta del Ayuntamiento de Tehuacán por lo que deberá proporcionar la información que por Ley debe contener y mantener en sus archivos referente al contrato del servicio de recolección y procesamiento de basura.

Finalmente, el expediente 192/PRESIDENCIA MPAL-TEHUACÁN-02/2018 fue sobreseído y se confirmó la respuesta en el expediente 180/SFA-04/2018 y sus acumulados 181/SFA-05/2018, 199/SFA-06/2018.

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